Artículo Único.- Autorízase al Comité de Obras Públicas de Santa Cruz para que contrate los servicios de consultores especializados, sean estos nacionales o extranjeros, con el objeto de efectuar un estudio en el término máximo de un año a partir de la promulgación de la presente Ley, para transformar a dicho Comité en una Corporación de Desarrollo, que deberá impulsar el desarrollo integral del Departamento, con miras a un racional aprovechamiento de los recursos naturales y a la creación de nuevas fuentes de financiación y trabajo, sin abandonar las obras específicas que motivaron su creación y compromisos contraídos por el Comité.
Norma | Bolivia: Ley Nº 422, 20 de noviembre de 1968 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase al Comité de Obras Públicas de Santa Cruz para que contrate los servicios de consultores especializados, sean estos nacionales o extranjeros, con el objeto de efectuar un estudio en el término máximo de un año a partir de la promulgación de la presente Ley | ||||
Keywords | Gaceta 428, Ley, noviembre/1968 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/22845 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 428, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. Manfredo Kempff Mercado Presidente del H. Senado Nacional, Oscar Ortíz Avaroma Senador Secretario, Germán Vargas Martínez Diputado Secretario, Franz Ondarza Linares Pdesidente de la H. Cámara de Diputados, Alberto Salcedo Pizarroso Senador Secretario, Iván Angulo Flores, Diputado Secretario. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.