Bolivia: Ley Nº 4158, 12 de enero de 2010

Ley Nº 4158
LEY DE 12 DE ENERO DE 2010
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se declara de prioridad departamental la construcción del inmueble de la Fiscalía del Distrito de Potosí.

Artículo 2°.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Potosí, elaborar los estudios de preinversión para la construcción del inmueble de la Fiscalía del Distrito de Potosí.

Artículo 3°.- La Prefectura del Departamento, financiará la preinversión para las obras de construcción del inmueble de la Fiscalía del Distrito de Potosí, con recursos del impuesto Directo a los hidrocarburos.


Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de diciembre de dos mil nueve años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Orlando Careaga Alurralde, Santos Javier Tito Véliz, Martín Mollo Soto, Segundo Tobías Maida Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de enero de dos mil diez años.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luís Alberto Arce Catacora, Celima Torrico Rojas.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 4158, 12 de enero de 2010
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclara de prioridad departamental la construcción del inmueble de la Fiscalía del Distrito de Potosí.
KeywordsGaceta 96NEC, 2010-01-18, Ley, enero/2010
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/28050
ReferenciasGaceta 96NEC,2010-01-18, ncpe.lexml
CreadorFdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Orlando Careaga Alurralde, Santos Javier Tito Véliz, Martín Mollo Soto, Segundo Tobías Maida Rojas. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luís Alberto Arce Catacora, Celima Torrico Rojas.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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