Artículo 1°.- En conmemoración al Bicentenario del Primer Grito Libertario de América, se declara de prioridad departamental, la construcción del Segundo Bloque del “Palacio de Justicia”, de la ciudad de Potosí.
Artículo 2°.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Potosí, inscribir los recursos necesarios de la fuente Regalías Mineras, destinados a la construcción del proyecto “Palacio de Justicia” del Departamento de Potosí Segundo Bloque, en sus etapas de preinversión e inversión.
Artículo 3°.- Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la inscripción de los recursos económicos tramitados por la Prefectura de Potosí.
Norma | Bolivia: Ley Nº 4123, 13 de noviembre de 2009 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declara de prioridad departamental, la construcción del Segundo Bloque del Palacio de Justicia, de la ciudad de Potosí. | ||||
Keywords | Gaceta 83NEC, 2009-12-04, Ley, noviembre/2009 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/36123 | ||||
Referencias | Gaceta 83NEC,2009-12-04, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Hilario Callisaya Quispe, Orlando Careaga Alurralde, Santos Javier Tito Velíz, Martín Mollo Soto, Segundo Tobías Maida Rojas Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Celima Torrico Rojas, Luís Arce Catacora. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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