Artículo 1°.- De conformidad con lo establecido por el Artículo 158, parágrafo I, atribución 13, de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles la transferencia, a título oneroso y de acuerdo al valor catastral actual, de los bienes inmuebles ubicados en la zona Santa María de la población de Huanuni, en favor de ocho ex trabajadores ferroviarios y de acuerdo a los convenios suscritos entre la Empresa Nacional de Ferrocarriles, el Gobierno Nacional y los representantes de la Federación de Trabajadores del Occidente.
Artículo 2°.- El pago de los bienes inmuebles deberá efectuarse en las cuentas de la Empresa Nacional de Ferrocarriles, cuenta fiscal del Tesoro General de la Nación.
Norma | Bolivia: Ley Nº 4082, 29 de julio de 2009 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles la transferencia, a título oneroso y de acuerdo al valor catastral actual, de los bienes inmuebles ubicados en la zona Santa María de la población de Huanuni, en favor de ocho ex trabajadores ferroviarios y de acuerdo a los convenios suscritos entre la Empresa Nacional de Ferrocarriles, el Gobierno Nacional y los representantes de la Federación de Trabajadores del Occidente. | ||||
Keywords | Ley, julio/2009 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27960 | ||||
Referencias | ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Hilario Callisaya Quispe, Orlando Careaga Alurralde, Santos Javier Tito Véliz, Martín Mollo Soto, Segundo T. Maida Rojas. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luís Alberto Arce Catacora, Wálter Delgadillo Terceros. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.