Artículo 1°.- Se declara de interés nacional la Feria Agrícola, Pecuaria, Artesa nal y Cultural de la “ciudad de Entre Ríos, Provincia O'Connor del Departamento de Tarija”, por su importancia y aporte que hace al desarrollo productivo, a la cultura y tradi ciones de la región.
Artículo 2°.- Se institucionaliza la Feria Agrícola, Pecuaria, Artesanal y Cultu ral, como acto tradicional y cultural de la República de Bolivia que se llevará a cabo todos los años en la ciudad de Entre Ríos, Provincia O'Connor del Departamento de Tarija.
Artículo 3°.- El Gobierno Municipal de Entre Ríos, otorgará un terreno con la superficie necesaria para la construcción del Campo Ferial de la ciudad de Entre Ríos, Provincia O'Connor del Departamento de Tarija.
Artículo 4°.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Tarija y al Gobierno Municipal de Entre Ríos para que puedan asignar los recursos económicos nece sarios, para la construcción del Campo Ferial de la ciudad de Entre Ríos, Provincia O'Connor del Departamento de Tarija.
Artículo 5°.- Para asegurar la continuidad de la Feria, la Prefectura del Departamento de Tarija y el Gobierno Municipal de Entre Ríos, asignarán recursos económi cos en sus presupuestos anuales, como también otorgarán el apoyo técnico y la coopera ción necesaria, para que se organice, planifique y desarrolle la Feria Agrícola, Pecuaria, Artesanal y Cultural todos los años.
Artículo 6°.- La administración y el derecho propietario de la Feria, serían definidas en el marco de las disposiciones legales vigentes, mediante convenio interinstitucional entre la Central de Campesinos, la Asociación de Ganaderos de la Provincia O'Connor (ASOGAPO), el Gobierno Municipal de Entre Ríos y la Prefectura del De partamento de Tarija.
Norma | Bolivia: Ley Nº 4002, 20 de enero de 2009 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declara de interés nacional la Feria Agrícola, Pecuaria, Artesanal y Cultural de la ciudad de Entre Ríos, Provincia O'Connor del Departamento de Tarija, por su importancia y aporte que hace al desarrollo productivo, a la cultura y tradiciones de la región | ||||
Keywords | Ley, enero/2009 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=4002 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar,Fernando Rodríguez Cal vo, Orlando Careaga Alurralde, Raúl Pardo Burgos, Roxana Sandoval Román. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Romero Bonifaz. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.