Artículo 1°.- Declárase de prioridad nacional y urgente necesidad y utilidad pública, la ejecución de las obras de construcción hasta su culminación del proyecto deno minado “Carretera Doble Vía Santa Cruz - Cotoca”, que comprende una longitud aproximada de 20 Km., y sea en el menor plazo posible dada la importancias estratégica para el país.
Artículo 2°.- Autorízase a la Prefectura del Departamento de Santa Cruz y al Poder Ejecutivo a través de la Administradora Boliviana de Carreteras, en el marco de sus competencias establecidas por Ley, asignar los recursos económicos necesarios para la ejecución hasta la culminación del proyecto vial denominado carretera Doble Vía Santa Cruz - Cotoca.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3983, 11 de diciembre de 2008 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declara de prioridad nacional y urgente necesidad y utilidad pública, la ejecución de las obras de construcción hasta su culminación del proyecto denominado "Carretera Doble Vía Santa Cruz - Cotoca", que comprende una longitud aproximada de 20 Km., y sea en el menor plazo posible dada la importancias estratégica para el país | ||||
Keywords | Ley, diciembre/2008 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3983 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. José Villavicencio Amurúz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodríguez Calvo, Fredy Ornar Fernández Q:, Heriberto Lázaro Barcaya, Peter Maldonado Bakovic. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón, Quintana Táborga, Oscar Coca Antezana. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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