Artículo 1°.- Se determina la gratuidad de las pruebas de ADN, realizadas por el Instituto de Investigaciones forenses dependiente de la Fiscalía General de la Repú blica, en las denuncias o querellas en los procesos penales por delitos de violación, abu so deshonesto, estupro, tipificados en el Código Penal, cuyas victimas sean niñas, niños y adolescentes.
Así mismo la gratuidad de la pruebas de ADN se aplicarán en el Derecho de Familia dentro de los procesos de Declaración Judicial de Paternidad y Maternidad.
Artículo 2°.- Son beneficiarios del examen gratuito de ADN todos los niños, niñas y adolescentes descritos en el artículo 2 de la Ley Nº 2026 Código del Niño, Niña y Adolescente de 27 de octubre de 1999.
Artículo 3°.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 y a fin de. garantizar el servicio a todo el país, el Gobierno Nacional dispondrá el incremento del Pre supuesto de la Fiscalía General de la República en las partidas correspondientes a la adquisición de reactivos, mantenimiento de equipos y contratación de personal necesario para la realización de pruebas de ADN con los fines establecidos en los artículos precedentes.
Artículo 4°.-
Norma | Bolivia: Ley Nº 3934, 18 de septiembre de 2008 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Determina la gratuidad de las pruebas de ADN, realizadas por el Instituto de Investigaciones forenses dependiente de la Fiscalía General de la República, en las denuncias o querellas en los procesos penales por delitos de violación, abuso deshonesto, estupro, tipificados en el Código Penal, cuyas victimas sean niñs, niñs y adolescentes | ||||
Keywords | Ley, septiembre/2008 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3934 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernándo Rodríguez Calvo, Orlando Careaga Alurralde, Heriberto Lázaro Barcaya, Raúl Pardo Burgos. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Celima Torrico Rojas, Luis Alberto Arce Catacora, Ramiro Tapia Sainz. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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