Bolivia: Ley Nº 3919, 18 de agosto de 2008

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Los lotes números 17, 18, 19 y 20 de la manzana 027, de acuerdo al plano urbano aprobado, ubicados en la Urbanización “Delicias” ex -COVIMA de la zona “La Tamborada”, de la ciudad de Cochabamba, con una superficie de 1.481,54 m2, serán adjudicados por el FONVIS en Liquidación de manera excepcional, previo cumplimiento de formalidades de Ley y pago en el marco de la normativa vigente que regula la liquidación de dicha entidad, en favor de la Federación Departamental de Maestros Jubilados de Cochabamba, con la finalidad de implementar el Proyecto “Albergue del Maestro Jubilado” a cargo de dicha Federación, no existiendo la posibili dad de fracciónamiento, venta o cesión gratuita a terceros.

Artículo 2°.- El monto a ser cancelado será resultante del avalúo catastral ela borado por el Gobierno Municipal de Cochabamba, el que será cancelado al momento de la adjudicación de los lotes, previa verificación del Área Financiera de la Agencia Regional de Cochabamba del FONVIS en Liquidación.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil ocho años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernándo Rodríguez Cal vo, Orlando Careaga Alurralde, Heriberto Lázaro Barcaya, Raúl Pardo Burgos
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de agosto de dos mil ocho años.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Oscar Coca Antezana.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3919, 18 de agosto de 2008
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLos lotes números 17, 18, 19 y 20 de la manzana 027, de acuerdo al plano urbano aprobado, ubicados en la Urbanización "Delicias" ex-COVIMA de la zona "La Tamborada", de la ciudad de Cochabamba, con una superficie de 1.481,54 m2, serán adjudicados por el FONVIS en Liquidación de manera excepcional, previo cumplimiento de formalidades de Ley y pago en el marco de la normativa vigente que regula la liquidación de dicha entidad, en favor de la Federación Departamental de Maestros Jubilados de Cochabamba
KeywordsLey, agosto/2008
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3919
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernándo Rodríguez Cal vo, Orlando Careaga Alurralde, Heriberto Lázaro Barcaya, Raúl Pardo Burgos Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Oscar Coca Antezana.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Referencias a esta norma

[BO-L-N67] Bolivia: Ley Nº 67, 15 de diciembre de 2010
Modifica los Artículos 1 y 2 de la Ley 3919 de 18 de agosto de 2008.

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