Artículo Único.- De conformidad con lo establecido en el artículo 59, atribución 5a de la Constitución Política del Estado, apruébase el “Convenio de Crédito Nº 4379 - BO, suscrito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento (AIF) - Banco Mundial” el 11 de febrero de 2008, por la suma de hasta DEGs 12.800.000 (Doce Millones Ochocientos Mil Derechos Especiales de Giro), destinados a financiar el “Proyecto de Desarrollo Sostenible del Lago Titicaca”.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3905, 30 de junio de 2008 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Aprueba el Convenio de Crédito N° 4379 - BO, suscrito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento (AIF) - Banco Mundial el 11 de febrero de 2008, por la suma de hasta DEGs 12.800.000, destinados a financiar el "Proyecto de Desarrollo Sostenible del Lago Titicaca" | ||||
Keywords | Ley, junio/2008 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3905 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernándo Rodríguez Calvo, Fredy Ornar Fernández Quiroga, Heriberto Lázaro Barcaya, Raúl Pardo Burgos. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Graciela To ro Ibáñez, René Orellana Halkyer. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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