Artículo 1°.- A partir de la presente gestión económica, la mayor recaudación obtenida por la Aduana Agropecuaria de La Paz, en la percepción de impuestos que gravan la producción agropecuaria de las provincias yungueñas de La Paz, se destina a la construcción y montaje de los hoteles prefecturales en Caranavi, Irupana e Inquisivi.
Artículo 2°.- Terminada la finalidad a que se destinan estos fondos, pasarán a incrementar los recursos de Nor y Sur Yungas e Inquisivi, en forma proporcional, dentro del presupuesto departamental de La Paz.
Norma | Bolivia: Ley Nº 383, 2 de enero de 1968 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Sobre construcción y montaje de hoteles prefecturales en Caranavi, Irupana e Inquisivi | ||||
Keywords | Ley, enero/1968 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=383 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo.- Hugo Bozo Alcocer, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Víctor Quinteros Rasguido, Senador Secretario; José Calderón, Diputado Secretario; Germán Martínez, Diputado Secretario. FDO. LUIS ADOLFO SILES SALINAS | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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