Artículo 1°.- (Objeto) La presente Ley especial, emerge de la necesidad de cons truir, reconstruir y ampliar, refacciónar y reponer cuanto bien público y privado haya sido destruido o dañado por el desastre natural sufrido en la gestión 2006-2007 como consecuencia del fenómeno de El Niño.
Artículo 2°.- (Autorización de Usos de los Recursos) La Prefectura del De partamento del Beni y el Gobierno Municipal de la Santísima Trinidad, tienen la autori zación de utilizar los recursos del Impuesto Director a los Hidrocarburos (IDH) y otros para la ejecución de los proyectos necesarios para la reconstrucción y reposición de las pérdidas ocasionadas por el desastre del fenómeno de El Niño.
Artículo 3°.- (Utilización de los Recursos) La Prefectura del Departamento del Beni y el Gobierno Municipal de la Santísima Trinidad, podrán utilizar los recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) y otros, los cuales serán fiscalizados por el Consejo Departamental y Consejo Municipal respectivamente, para los siguientes pro yectos.
Artículo 4°.- (De la Gestión y Administración de los Recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos) La gestión y administración de los recursos autorizados para la atención emergente del desastre natural del fenómeno de El Niño señalado en el Artículo 1° de la presente Ley, están sujetos a las normas legales en vigencia a la fecha de la promulgación de la presente Ley.
Artículo 5°.- (Vigencia) La autorización del uso de los recursos regirá para la presente gestión fiscal, pudiendo devengarse los saldos pendientes de las obras iniciadas al 2007.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3804, 24 de diciembre de 2007 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | La presente Ley especial, emerge de la necesidad de construir, reconstruir y ampliar, refaccionar y reponer cuanto bien público y privado haya sido destruido o dañado por el desastre natural sufrido en la gestión 2006-2007 como consecuencia del fenómeno de El Niño. La Prefectura del Dpto. del Beni y el Gobierno Municipal de la Santísima Trinidad, tienen autorización de utilizar los recursos del IDH | ||||
Keywords | Ley, diciembre/2007 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3804 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. José Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodri guez Calvo, Paulo Bravo Alencar, Filemón Aruni Gonzáles, Orlando P. Miranda Valverde. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Carlos Villegas Quiroga. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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