Artículo 1°.- Se declara de prioridad y necesidad departamental la construcción del Teatro Intercultural de La Paz, escenario que permitirá recuperar y difundir las manifestaciones artísticas y culturales de las diferentes regiones del Departamento de La Paz.
Artículo 2°.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de La Paz, la construcción del Teatro Intercultural de La Paz en un área de 12.000 m2 del predio de su propiedad ubicado en la zona de Bajo Llojeta de la ciudad de La Paz, registrado en la Oficina de Derechos Reales bajo la partida computarizada Nº 01074233.
La Prefectura de La Paz, deberá incorporar en su programación de inversiones las partidas correspondientes para efectivizar este proyecto a corto plazo.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3796, 13 de diciembre de 2007 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declara de prioridad y necesidad departamental la construcción del Teatro Intercultural de La Paz, escenario que permitirá recuperar y difundir las manifestaciones artísticas y culturales de las diferentes regiones del Departamento de La Paz | ||||
Keywords | Ley, diciembre/2007 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3796 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. José Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodrí guez Calvo, Tito Carrazana Baldiviezo, Filemón Aruni Gonzáles, Orlando P. Miranda Valverde. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, María Mag dalena Cajías de la Vega. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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