Artículo 1°.- Se declara de prioridad departamental, incorporándola a la Red De partamental de Caminos la construcción de:
Artículo 2°.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de La Paz, y al Gobier no Municipal de la Asunta, gestionar el financiamiento necesario para la realización de los estudios de prefactibilidad, factibilidad y el cumplimiento del Artículo 1° de la pre sente Ley.
Artículo 3°.- Se autoriza al Municipio de la Asunta, gestionar los recursos econó micos necesarios para la construcción de puentes colgantes, que interconecten a las dis tintas poblaciones ubicadas al margen del Río Boopi pertenecientes al Cantón Puerto Rico.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3771, 12 de noviembre de 2007 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declara de prioridad departamental incorporándola a la Red Departamental de Caminos la construcción del tramo carretero que une las poblaciones: Colonia Las Américas - Progreso - Asunta - Puerto Unido - Aroma - Puerto Vida Canaan - Puerto Rico - San Gabriel y Ayllu Jahuira Pampa, todas al margen del Río Boopi y la construcción de Puente sobre el Río Boopi en el poblado de Puerto Rico | ||||
Keywords | Ley, noviembre/2007 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3771 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. José Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodrí guez Calvo, Tito Carrazana Baldiviezo, Filemón Aruni Gonzáles, Orlando P. Miranda. Valverde. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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