Artículo Único.- De conformidad con lo establecido por el Artículo 59, atribución, de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de Tiquipaya, Tercera Sección de la Provincia Quillacollo del Departamento de Cocha-bamba, la transferencia a título gratuito y definitivo, de una fracción de terreno ubicado en el Radio Urbano de Tiquipaya, con una extensión superficial de 1.500 m2, que serán deducidos en su alícuota parte de la totalidad del terreno de 5.407,67 m2 que se encuen tra registrado en la Oficina de Derechos Reales a fs. 851, Ptda. 851 del Libro Primero de Propiedad de la Provincia de Quillacollo, en fecha 28 de febrero de 2001, con los siguientes límites: al Norte, con el resto de la propiedad; al Sud, con el Distrito Policial de Tiquipaya; al Este, con la franja de seguridad del Río Khora; y, al Oeste, con una ca lle innominada, a favor de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Cochabamba, el mismo que será destinado exclusivamente a la construcción y funcionamiento de la Ca sa Judicial de Tiquipaya.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3751, 8 de octubre de 2007 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Conforme al Artículo 59, atribución 7° , de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de Tiquipaya, Tercera Sección de la Provincia Quillacollo del Departamento de Cochabamba, la transferencia a título gratuito y definitivo, de una fracción de terreno ubicado en el Radio Urbano de Tiquipaya | ||||
Keywords | Ley, octubre/2007 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3751 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. José Villavicencio Amurúz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodrí guez Calvo, Paulo Bravo Alencar, Filemón Aruni Gonzáles, Jorge Milton Bercerra Monje. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Celima Torri co Rojas. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.