Artículo Único.- De conformidad con lo establecido en la atribución 7a del Artículo 59° de la Constitución Política del Estado, la Ley de Municipalidades Nº 2028, de 28 de octubre de 1999, y las Normas Básicas de Administración de Bienes y Servicios, Decreto Supremo Nº 25964 de 21 de octubre de 2000, se autoriza al Gobier no Municipal de La Paz, efectuar las siguientes transferencias, en calidad de enajena ción a título oneroso:
Norma | Bolivia: Ley Nº 3750, 8 de octubre de 2007 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Conforme con lo establecido en la atribución 7° del Artículo 59 de la Constitución Política del Estado, la Ley de Municipalidades N° 2028, de 28 de octubre de 1999, y las Normas Básicas de Administración de Bienes y Servicios, Decreto Supremo N° 25964 de 21 de octubre de 2000, se autoriza al Gobierno Municipal de La Paz, efectuar transferencias, en calidad de enajenación a título oneroso | ||||
Keywords | Ley, octubre/2007 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3750 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. José Villavicencio Amurúz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodrí guez Calvo, Paulo Bravo Alencar, Filemón Aruni Gonzáles, Orlando P. Miranda Valverde. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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