Artículo 1°.- De conformidad al artículo 59, atribución 7º de la Constitución Política del Estado, se dispone la transferencia, a título oneroso y a valor catastral actual, del Sistema de Tomas de Agua Potable en desuso, ubicado en el lugar denominado Coskaña, perteneciente a la Empresa Nacional de Ferrocarriles, mas el acueducto insta-lado entre Coskaña y Uyuni, incluyendo el estanque de almacenamiento y el terreno que lo soporta, ubicado en la ciudad de Uyuni, Departamento de Potosí, a favor de la Cooperativa del Agua Potable Uyuni Ltda., con Personería Jurídica Nº 04217, de 4 de diciembre de 1990.
Artículo 2°.- Cualquier uso diferente al de la presente Ley será motivo de reversión automática al propietario original, la,Empresa Nacional de Ferrocarriles.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3724, 3 de agosto de 2007 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Dispone la transferencia, a título oneroso y a valor catastral actual, del Sistema de Tomas de Agua Potable en desuso, ubicado en el lugar denominado Coskaña, perteneciente a la Empresa Nacional de Ferrocarriles, mas el acueducto instalado entre Coskaña y Uyuni, incluyendo el estanque de almacenamiento y el terreno que lo soporta, ubicado en la ciudad de Uyuni, Departamento de Potosí, a favor de la Cooperativa del Agua Potable Uyuni Ltda | ||||
Keywords | Ley, agosto/2007 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3724 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. José Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernándo Rodríguez Calvo, Tito Carrazana Baldiviezo, Filemón Aruni Gonzáles, Orlando P. Miranda Valverde. FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Jerges Mercado Suárez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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