Artículo 1°.- De conformidad con lo establecido por el Artículo 59, atribución 7a, de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de Su cre la transferencia, a titulo gratuito, de un bien inmueble de su propiedad, con una extensión superficial de 9.000 m2, y donde se hallan emplazados el Mercado Salvador Sánchez Vargas y el Micro Mercado “El Morro”, a favor de cada uno de los miembros afiliados a la Asociación de Comerciantes Minoristas Salvador Sánchez Vargas y Micro Mercado “El Morro” y de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 172/04, de 19 de noviembre de 2004 y las disposiciones legales en vigencia.
Los beneficiarios no podrán transferir los inmuebles a terceras personas, en el lapso de diez años.
Artículo 2°.- Abrogase la Ley Nº 2721, de 28 de mayo de 2004.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3697, 4 de junio de 2007 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza al Gobierno Municipal de Sucre la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de su propiedad, con una extensión superficial de 9.000 m2, y donde se hallan emplazados el Mercado Salvador Sánchez Vargas y el Micro Mercado "El Morro", a favor de cada uno de los miembros afiliados a la Asociación de Comerciantes Minoristas Salvador Sánchez Vargas y Micro Mercado "El Morro" y de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 172/04, de 19 de noviembre de 2004 y las disposiciones legales en vigencia | ||||
Keywords | Ley, junio/2007 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3697 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Jose Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodri guez Calvo, Paulo Bravo Alencar, Flemón Aruni Gonzáles, Roxana Sandoval Román. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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