Artículo 1°.- De conformidad con el Artículo 59, atribución 7a, de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de Sucre la transferencia, a titulo gratuito, de un bien inmueble de su propiedad, con una extensión superficial de 5.175 m2, ubicado en la zona de San Juanillo de la ciudad de Sucre, entre las calles Haiti, Uruguay y República Dominicana, inscrito en las oficinas de Derechos Reales bajo el folio real Na 1.01.1.99.0013915, a favor de cada uno de los miembros afiliados de la Asociación de Comerciantes Minoristas del Mercado Canadá y de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 168/04 de 15 de noviembre de 2004 y las disposiciones legales en vigencia.
Los beneficiarios no podrán transferir los inmuebles a terceras personas, en el lapso de diez años.
Artículo 2°.- Abrogase la Ley Nº 2502, de 11 de agosto de 2003.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3696, 4 de junio de 2007 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza al Gobierno Municipal de Sucre la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de su propiedad, con una extensión superficial de 5.175 m2, ubicado en la zona de San Juanillo de la ciudad de Sucre, entre las calles Haití, Uruguay y República Dominicana, inscrito en las oficinas de Derechos Reales bajo el folio real N° 1.01.1.99.0013915, a favor de cada uno de los miembros afiliados de la Asociación de Comerciantes Minoristas del Mercado Canadá y de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 168/04 de 15 de noviembre de 2004 y las disposiciones legales en vigencia | ||||
Keywords | Ley, junio/2007 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3696 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Jose Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodri guez Calvo, Paulo Bravo Alencar, Flemón Aruni Gonzáles, Roxana Sandoval Román. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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