Artículo 1°.- De conformidad con el Artículo 59, atribución 5a de la Constitución Política del Estado, habiéndose autorizado la suscripción de contratos petroleros mediante Ley Nº 3058, se aprueba el Contrato de Operación suscrito en fecha 28 de octubre de 2006, por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) con “PETROLERAS BOLIVIA S.A.”, correspondiente al área Ingre, ubicada en el Departamento de Chuquisaca.
Artículo 2°.- Una vez que se realicen descubrimientos comerciales, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) podrá ratificar de buena fe el Anexo F del Contrato; en el caso que las reservas descubiertas varíen respecto a los parámetros utilizados para determinar las tablas del Anexo F, YPFB negociará de buena fe un nuevo Anexo F y conforme a lo dispuesto en el Artículo 68 de la Ley Nº 3058. La modificación del Contrato con el acuerdo del Anexo F será sujeta a aprobación del Poder Legislativo, de acuerdo al artículo 59, atribución 5a de la Constitución Política del Estado.
Artículo 3°.- Se abroga la Ley Nº 3567 de 3 de diciembre de 2006.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3663, 23 de abril de 2007 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Aprueba el Contrato de Operación suscrito en fecha 28 de octubre de 2006, por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) con "PETROBRAS BOLIVIA S.A.", correspondiente al Área Ingre, ubicada en el Departamento de Chuquisaca | ||||
Keywords | Ley, abril/2007 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3663 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA, José Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernándo Rodríguez Calvo, Filemón Aruni Gonzáles, Tito Carrazana Baldivieso, Orlando P. Miranda V. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Fdo. EVO MORALES AYMA, Carlos Villegas Quiroga. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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