Bolivia: Ley Nº 3536, 27 de noviembre de 2006

ALVARO GARCIA LINERA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase de prioridad nacional en el área de salud, la construcción y equipamiento de un hospital de segundo nivel, a implementarse en la localidad de Ravelo.

Artículo 2°.- Para los fines señalados, autorízase al Poder Ejecutivo la gestión de financiamiento para la donación de dichos recursos y su respectivo equipamiento.

Artículo 3°.- El Gobierno Municipal de Ravelo, Provincia Chayanta, es el encargado de dotar de una superficie de terreno suficiente, así como ejecutar el seguimiento y fiscalización del proyecto, en base a la normativa jurídica vigente.

Artículo 4°.- La Prefectura del Departamento de Potosí, en un plazo no mayor de seis meses, deberá asignar los recursos suficientes para realizar los estudios de prefactibilidad, factibilidad y diseño final del proyecto del nuevo hospital de segundo nivel.

Artículo 5°.- El Gobierno Municipal de Ravelo, Provincia Chayanta, deberá asignar los recursos necesarios como contraparte para la conclusión de tan importante proyecto de referencia departamental y nacional.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de noviembre de dos mil seis años.
Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de noviembre de dos mil seis años.
Fdo. ALVARO MARCELO GARCIA LINERA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, Walker San Miguel Rodríguez Ministro de Defensa Nacional e Interino de la Presidencia, Nila Heredia Miranda.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3536, 27 de noviembre de 2006
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclárase de prioridad nacional la construcción y equipamiento de un hospital de segundo nivel, en la localidad de Ravelo
KeywordsLey, noviembre/2006
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3536
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Fdo. ALVARO MARCELO GARCIA LINERA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, Walker San Miguel Rodríguez Ministro de Defensa Nacional e Interino de la Presidencia, Nila Heredia Miranda.
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