Bolivia: Ley Nº 3507, 27 de octubre de 2006

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) La presente Ley tiene por objeto la creación de la Administradora Boliviana de Carreteras encargada de la planificación y gestión de la Red Vial Fundamental; en el marco del fortalecimiento del proceso de descentralización.

Artículo 2°.- (Naturaleza Institucional)

  1. La administradora Boliviana de Carreteras es una entidad de derecho público autárquica, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y con autonomía de gestión técnica, administrativa, económica-financiera, de duración indefinida, bajo tuición del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.
  2. Las atribuciones y funciones de la Administradora Boliviana de Carreteras, serán definidas mediante Decreto Supremo.
  3. La Administradora Boliviana de Carreteras estará sujeta a la Ley Nº 2027, del Estatuto del Funcionario Público, y disposiciones conexas.
  4. A partir de la fecha la tuición en la administración de los peajes, pesajes y dimensiones de la Red Vial Fundamental de carreteras, será ejercida por la Administradora Boliviana de Carreteras, asignado el 30% de participación a las correspondientes prefecturas departamentales. Mediante Decreto Supremo se establecerá la forma de implementación de esta función.
  5. La Red Vial Fundamental será redefinida, mediante Ley de la República.

Artículo 3°.- (Administración) La Administradora Boliviana de Carreteras estará sujeta a la Ley Nº 1178, de Administración y Control Gubernamentales.

Artículo 4°.- (Directorio) El Directorio de la Administradora Boliviana de Carreteras será conformado de la siguiente manera:

  1. Presidente Ejecutivo, nombrado por el Presidente de la República, de terna propuesta por dos tercios de votos de la Honorable Cámara de Diputados.
  2. Cuatro Directores, nombrados por el Presidente de la República, de terna propuesta por dos tercios de votos de la Honorable Cámara de Diputados.

Artículo 5°.- (Funciones del Directorio) Son funciones esenciales del Directorio de la Administradora Boliviana de Carreteras:

  1. Delinear las políticas y directrices generales de la Administradora Boliviana de Carreteras. 2) Controlar y fiscalizar el funcionamiento de la entidad.
  2. Aprobar la Programación Operativa Anual (POA), Planificación estratégica y operativa como su correspondiente presupuesto.
  3. Aprobar su estructura organizativa, los reglamentos y manuales que correspondan.
  4. Definir la estructura salarial y los incentivos que sean aplicables en caso de rendimiento excepcional.

Artículo 6°.- (Funciones del Presidente Ejecutivo) Son funciones esenciales del Presidente Ejecutivo de la Administradora Boliviana de Carreteras:

  1. Representar a la Administradora Boliviana de Carreteras.
  2. Implementar y ejecutar la política general de la entidad.
  3. Dirigir el funcionamiento de la entidad.
  4. Rendir cuentas de sus actos y decisiones, así como de los resultados alcanzados (o ausencia de ellos) ante el Directorio.
  5. Administrar los Sistemas de Administración y Control Gubernamental.
  6. Suscribir convenios con sectores sociales.

Artículo 7°.- (Período de Funciones) El Presidente Ejecutivo y los Directores de la Administradora Boliviana de Carreteras, ejercerán funciones por un período de cinco años.

Artículo 8°.- (Requisitos de elegibilidad) No podrán ser elegidos Presidente Ejecutivo y los Directores de la Administradora Boliviana de Carreteras, quienes:

  1. Tuvieran deudas o cargos ejecutoriados pendientes con el Estado, y/o sentencia condenatoria ejecutoriada.
  2. Tengan relación de parentesco, en IV grado de consanguineidad o II de afinidad, con el Presidente o Vicepresidente de la República, o con el Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.
  3. Se desempeñen en otro cargo público remunerado, salvo renuncia expresa, ni quienes tengan conflictos de interés con la Administradora Boliviana de Carreteras.
  4. Tengan Dictamen de responsabilidad ejecutivo en su contra, emitido por el Contralor General de la República y aceptado por el Presidente de la República.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiséis días del mes de octubre de dos mil seis años.
Alvaro Marcelo García Linera Presidente del H. Congreso Nacional, José Villavicencio Amurúz Presidente en Ejercicio H. Senado Nacional, Edmundo Novillo Aguilar, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Acarapi. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de octubre de dos mil seis años.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Salvador Ric Riera.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3507, 27 de octubre de 2006
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCrea la Administración Boliviana de Carreteras encargada de la planificación y gestión de la Red Vial Fundamental
KeywordsLey, octubre/2006
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3507
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Salvador Ric Riera.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
[BO-L-2027] Bolivia: Ley del Estatuto del Funcionario Público, 22 de octubre de 1999
Ley del Estatuto del Funcionario Público

Referencias a esta norma

[BO-DS-28949] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28949, 25 de noviembre de 2006
Establecer las condiciones y mecanismos adecuados para posibilitar una transición del ex Servicio Nacional de Caminos a la Administradora Boliviana de Carreteras.
[BO-DP-28946] Bolivia: Reglamento parcial a la Ley 3507 - Administradora Boliviana de Carreteras ABC, DP Nº 28946, 25 de noviembre de 2006
REGLAMENTO PARCIAL A LA LEY 3507 - ADMINISTRADORA BOLIVIANA DE CARRETERAS ABC.
[BO-DS-28948] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28948, 25 de noviembre de 2006
Crear la entidad pública Vías Bolivia, cuya sigla es VºBº, con la finalidad de administrar directamente los peajes, pesajes, control de pesos y dimensiones de la Red Vial Fundamental.
[BO-DS-29106] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29106, 25 de abril de 2007
Consolida el “Programa de Conservación Vial con Microempresas”, dependiente de la Administradora Boliviana de Carreteras - ABC, para la ejecución de trabajos de mantenimiento rutinario de la Red Vial Fundamental.
[BO-DS-29193] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29193, 18 de julio de 2007
Autoriza a la Administradora Boliviana de Carreteras - ABC, iniciar el proceso de licitación para la construcción de la doble vía Santa Cruz - Cotoca, bajo la modalidad de cláusula suspensiva para las fases primera y segunda del proyecto.
[BO-DS-29275] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29275, 13 de septiembre de 2007
Conforma de un Consejo Interministerial que respalde las acciones necesarias que la Administradora Boliviana de Carreteras lleve adelante en contra de quienes resulten responsables del daño económico causado al Estado, emergente de los procesos de contratación para la construcción de carreteras.
[BO-DS-29449] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29449, 21 de febrero de 2008
Autoriza a Vías Bolivia - V°B°, incrementar la partida 25220 "Consultores en Línea" en Bs.10.000.300.- (DIEZ MILLONES TRESCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS), financiados con fuente 20 "Recursos Específicos" a través del traspaso intrainstitucional que afecta la partida 26990 "Otros Servicios No Personales".
[BO-DP-29515] Bolivia: Decreto Presidencial Nº 29515, 12 de abril de 2008
Dispone las medidas conducentes a la conclusión de las obras, de la carretera Potosí - Tarija tramo Santa Bárbara - Cuchu Ingenio y de la carretera Potosí - Villazón tramo Bella Vista - Vitichi - Cotagaita (Empresa Constructora Queiroz Galvao S.A.).
[BO-DS-29523] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29523, 17 de abril de 2008
Complementa los Decretos Supremos N° 28946 de 25 de noviembre de 2006 y N° 29453 de 22 de febrero de 2008.
[BO-DS-N6] Bolivia: Decreto Supremo Nº 6, 13 de febrero de 2009
Autoriza al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda y a la Administración Boliviana de Carreteras, iniciar el proceso de contratación, bajo la modalidad de licitación pública, de empresas constructoras y proveedoras de bienes y servicios de nacionalidad brasileñas, necesarias para la ejecución del proyecto de construcción de carretera "Hacia el Norte", en sus Tramos 1: Rurrenabaque-Santa Rosa-Australia-El Chorro y Tramo 2: El Chorro-Riberalta.
[BO-RE-DSN91] Bolivia: Reglamento a la Ley Nº 3425 de 20 de junio de 2006, aprovechamiento de explotación de áridos y agregados, 22 de abril de 2009
Reglamento a la Ley Nº 3425 de 20 de junio de 2006, aprovechamiento de explotación de áridos y agregados
[BO-DS-N211] Bolivia: Decreto Supremo Nº 211, 15 de julio de 2009
Crea un Fondo Rotatorio Vial, a cargo de la Administradora Boliviana de Carreteras - ABC.
[BO-DS-N743] Bolivia: Decreto Supremo Nº 743, 22 de diciembre de 2010
Modifica el Parágrafo IV del Artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28946, de 25 de noviembre de 2006. (Administradora Boliviana de Carreteras - ABC).
[BO-DS-N1036] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1036, 9 de noviembre de 2011
Crea el Fondo Rotatorio de Proyectos Viales de Inversión.
[BO-DS-N1300] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1300, 25 de julio de 2012
Modifica el Artículo 4 del Decreto Supremo N° 29106, de 25 de abril de 2007.
[BO-DS-N1621] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1621, 20 de junio de 2013
Prioriza la ejecución del Proyecto “Mejoramiento y Mantenimiento de la Carretera Mutún – Puerto Busch”, en el Departamento de Santa Cruz, por la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC.
[BO-DS-N1757] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1757, 9 de octubre de 2013
Autoriza a la Administradora Boliviana de Carreteras, incrementar la subpartida 46210 “Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Público” hasta Bs2.915.282, mediante un traspaso presupuestario interinstitucional de recursos provenientes del Tesoro General de la Nación, financiados con fuente y organismo 41 - 111 “Transferencias TGN”, destinado a la ejecución del Estudio de Identificación – EI y el Estudio Técnico, Económico, Social y Ambiental – TESA del Puente sobre el Río Mamoré y sus accesos.
[BO-DS-N2111] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2111, 18 de septiembre de 2014
Autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo, a suscribir con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata – FONPLATA, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Contrato de Préstamo BOL-23/2014 por un monto de hasta $us26.000.000, para la ejecución del “Proyecto Construcción Carretera Nazacara-Hito IV, Tramo I Nazacara - San Andrés de Machaca”.
[BO-DS-N2569] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2569, 28 de octubre de 2015
28 DE OCTUBRE DE 2015.- Autoriza a la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC, incrementar la subpartida 46210 “Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Público” en Bs7.443.905.-, financiados con fuente 41 “Transferencias T.G.N.” y organismo financiador 111 “Tesoro General de la Nación”, a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional afectando la subpartida 42310 “Construcciones y Mejoras de Bienes de Dominio Público” en el mismo monto, para concluir la elaboración del Estudio de Identificación y Estudio Integral Técnico, Económico, Social y Ambiental del Proyecto “Construcción del Puente Mamoré”.
[BO-DS-N2745] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2745, 27 de abril de 2016
27 DE ABRIL DE 2016.- Incorpórese a la Ruta F10 de la Red Vial Fundamental señalada en el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 25134, de 21 de agosto de 1998, como ramal de conexión vial el Tramo: Santa Rosa de la Roca - Piso Firme - Remanso - Puerto Villazón.
[BO-DS-N3606] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3606, 27 de junio de 2018
27 DE JUNIO DE 2018.- Crea un Fondo Rotatorio, a cargo de la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC.
[BO-DS-N3750] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3750, 19 de diciembre de 2018
19 DE DICIEMBRE DE 2018.- Autoriza a la Administradora Boliviana de Carreteras la atención, de manera pronta y oportuna, de eventos o contingencias que puedan perjudicar la libre transitabilidad en la Red Vial Fundamental.
[BO-DS-N3799] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3799, 13 de febrero de 2019
13 DE FEBRERO DE 2019.- El Fondo Rotatorio establecido en el Decreto Supremo Nº 3606, de 27 de junio de 2018, tendrá vigencia a partir de la publicación del presente Decreto Supremo hasta el 31 de diciembre de 2019.
[BO-DS-N3832] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3832, 13 de marzo de 2019
13 DE MARZO DE 2019.- Tiene por objeto:a) Incorporar al Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020 en el Marco del Desarrollo Integral para Vivir Bien, el proyecto “Doble Vía El Alto-Viacha en su Tramo II Viacha-Progresiva 5.1”;b) Autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la asignación de recursos del Tesoro General de la Nación – TGN, a favor de la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC.
[BO-DS-N3897] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3897, 8 de mayo de 2019
08 DE MAYO DE 2019.- Tiene por objeto:a) Autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo con la Corporación Andina de Fomento – CAF;b) Disponer la transferencia de recursos externos a favor de la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC, en su calidad de Organismo Ejecutor;c) Disponer que la ABC gestione el aporte local, establecido en el Contrato de Préstamo con la CAF.
[BO-DS-N4000] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4000, 31 de julio de 2019
Autoriza el financiamiento para la ejecución del tramo carretero doble vía “Yacuiba – Campo Pajoso”.
[BO-DS-N4011] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4011, 15 de agosto de 2019
Tiene por objeto:a) Incorporar al Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020 en el Marco del Desarrollo Integral para Vivir Bien, el tramo carretero “Villa Montes - La Vertiente - Palo Marcado”;b) Autorizar el financiamiento para la ejecución del tramo carretero “Villa Montes - La Vertiente - Palo Marcado”.
[BO-DS-N4208COMPENDIO] Bolivia: Decreto Supremo de 1 de abril de 2020
Autoriza a la Administradora Boliviana de Carreteras, de manera excepcional y por un plazo de hasta siete (7) meses computables a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, realizar la contratación directa de obras por un monto de hasta Bs58.000.000,00, financiado con Fuente y Organismo 41-117 “Transferencias TGN-TGN Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados”, para atender eventos o contingencias por efectos de la época de lluvias y otros desastres naturales que:a) Afecten la libre transitabilidad de la Red Vial Fundamental, de acuerdo a Anexo adjunto al presente Decreto Supremo;b) Puedan afectar la libre transitabilidad de la Red Vial Fundamental.
[BO-DS-N4208] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4208, 1 de abril de 2020
Autoriza a la Administradora Boliviana de Carreteras, de manera excepcional y por un plazo de hasta siete (7) meses computables a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, realizar la contratación directa de obras por un monto de hasta Bs58.000.000,00, financiado con Fuente y Organismo 41-117 “Transferencias TGN-TGN Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados”, para atender eventos o contingencias por efectos de la época de lluvias y otros desastres naturales que:a) Afecten la libre transitabilidad de la Red Vial Fundamental, de acuerdo a Anexo adjunto al presente Decreto Supremo;b) Puedan afectar la libre transitabilidad de la Red Vial Fundamental.
[BO-DS-N4625] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4625, 24 de noviembre de 2021
Tiene por objeto:
[BO-DS-N4627] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4627, 24 de noviembre de 2021
Tiene por objeto:
[BO-DS-N4754] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4754, 6 de julio de 2022
Autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo con la Corporación Andina de Fomento - CAF, para financiar el “Proyecto Construcción de la Carretera Escoma - Charazani: Tramo I Escoma - Pacobamba”
[BO-DS-N4759] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4759, 13 de julio de 2022
Autorizar la suscripción del Convenio de Préstamo con el Banco de Exportación e Importación de Corea - EXIMBANK COREA, para financiar el “Proyecto Construcción de la Carretera Escoma - Charazani: Tramo II Pacobamba - Charazani”
[BO-DS-N4799] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4799, 28 de septiembre de 2022
Con la finalidad de mejorar la prestación del servicio de rodaje y pesaje, a través de la creación, eliminación, reubicación y automatización de las estaciones de cobro de peaje y control de pesos y dimensiones vehiculares en la Red Vial Fundamental, es necesario modificar el Decreto Supremo N° 28948, de 25 de noviembre de 2006.
[BO-DS-N4841] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4841, 14 de diciembre de 2022
Tiene por objeto:
[BO-DS-N4869] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4869, 25 de enero de 2023
El presente Decreto Supremo tiene por objeto:
[BO-DS-N4870] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4870, 25 de enero de 2023
El presente Decreto Supremo tiene por objeto:

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