Artículo Único.- Con la facultad conferida por el Artículo 59, atribución la de la Constitución Política del Estado, se declara de prioridad nacional la construcción de un Sistema de Gasoducto e Instalación Domiciliaria de Gas en el Sudoeste Potosino, que debe abarcar a las Provincias Daniel Campos, Nor Lípez, Sud Lípez, Enrique Baldivieso y Antonio Quijarro por constituirse en una región estratégica para el desarrollo del país y la defensa de la seguridad y soberanía nacional, encomendándose los estudios, financiamiento, la ejecución y cumplimiento al Ministerio del ramo en coordinación con la Prefectura del Departamento de Potosí.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3448, 21 de julio de 2006 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se declara de prioridad nacional la construcción de un Sistema de Gasoducto e Instalación Domiciliaria de Gas en el Sudoeste potosino, que debe abarcar a las Provincias Daniel Campos, Nor Lípez, Sud Lípez Enrique Baldivieso y Antonio Quijarro por constituirse en una región estratégica para el desarrollo del país y la defensa de la seguridad y soberanía nacional | ||||
Keywords | Ley, julio/2006 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3448 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. José Villavicencio Amuruz Presidente en Ejercicio H. Senado Nacional, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Jorge Milton Becerra M. Fdo. SANTOS RAMIREZ VALVERDE PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, Walker San Miguel Rodríguez Ministro de Defensa Nacional e Interino de la Presidencia, Andrés Solís Rada. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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