Artículo 1°.- De conformidad a lo establecido por artículo 59, atribución 7a de la Constitución Política del Estado, se autoriza al seguro Social Universitario de la ciudad de Sucre transferir, a titulo oneroso, y a valor comercial de acuerdo a avaluó técnico y demarcado, el inmueble ubicado en la Av. Hernando Siles. Nº 943 al 947, inscrito en el Registro de Derechos Reales del Departamento: de Chuquisaca a Fs. 376, Nº 685, correspondiente a propiedades de la Capital, con una superficie del 1.019, 45 m2.
Artículo 2°.- Con el producto de la transferencia a titulo oneroso; se procederá a realizar la construcción y/o equipamiento de la Clínica del Seguro Social Universitario.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3434, 27 de junio de 2006 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza al Seguro Social Universitario de la ciudad de Sucre transferir, a valor comercial, el inmueble ubicado en la Av. Hernando Siles N° 943 al 947, correspondiente a propiedades de la Capital, con una superficie del 1.019.45 m2 | ||||
Keywords | Ley, junio/2006 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3434 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Santos Ramirez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Jorge Aguilera Bejarano, Alex Cerrogrande Acarapi, Jorge Milton Becerra M. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Nila Heredia Miranda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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