Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 59, atribución 12a de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica la adhesión al “Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre de 1989. Conforme a lo estipulado en el segundo párrafo del Artículo 8 del referido Protocolo, este entrara en vigor, para nuestro país, transcurridos tres meses a partir de la fecha en que haya sido depositado el instrumento de adhesión, en la organización de las Naciones Unidas (ONU).
Norma | Bolivia: Ley Nº 3423, 12 de junio de 2006 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se aprueba y ratifica la adhesión al Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas | ||||
Keywords | Ley, junio/2006 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3423 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Santos Ramirez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Félix Rojas Gutiérrez, Alex Cerrogrande Acarapi, Roxana Sandoval Román. Fdo. EVO MORALES AYMA, Alicia Muñoz Ala Ministra de Gobierno e Interina de Relaciones Exteriores y Cultos, Juan Ramón Quintana Taborga | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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