Artículo Único.- Autorízase al Poder Ejecutivo, Prefectura del Departamento de Chuquisaca, Universidad de San Francisco Xavier de Chuquisaca y Gobierno Municipal de la Sección Capital Sucre, a contratar los Bienes y Servicios por excepción destinados a mejorar y equipar la infraestructura necesaria con destino al funcionamiento de la Asamblea Constituyente, acortando los tiempos y procedimientos establecidos en el NSABS (Normas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios).
Norma | Bolivia: Ley Nº 3417, 8 de junio de 2006 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase al Poder Ejecutivo, Prefectura del Departamento de Chuquisaca, Universidad de San Francisco Xavier de Chuquisaca y Gobierno Municipal de la Sección Capital Sucre, a contratar los Bienes y Servicios por excepción destinados a mejorar y equipar la infraestructura necesaria con destino al funcionamiento de la Asamblea Constituyente | ||||
Keywords | Ley, junio/2006 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3417 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Santos Ramirez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Jorge Aguilera Bejarano, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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