Bolivia: Ley Nº 3394, 10 de mayo de 2006

ALVARO MARCELO GARCIA LINERA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase de urgente necesidad y prioridaddepartamental la construcción y equipamiento del Instituto Oncológico “San Judas Tadeo” de Tarija, que contemple las fases de prevención, diagnóstico, tratamiento y terapias de lucha contra el cáncer y que además brinde albergue temporal a personas de escasos recursos que no residan en la ciudad y que padezcan de dicha enfermedad.

Artículo 2°.- Se autoriza al Gobierno Municipal de transferir, a título gratuito, a favor de la Prefectura del Departamento de Tarija transferir un terreno con destino a la construcción del Instituto Oncológico.

Artículo 3°.- La Prefectura del Departamento de Tarija realizará licitación pública para la posterior construcción, con recursos propios, de la infraestructura que albergará al Instituto Oncológico.

Artículo 4°.- La Prefectura del Departamento de Tarija y el Gobierno Municipal de la ciudad de Tarija, y la Provincia Cercado, coordinarán con el Poder Ejecutivo, para la obtención de ítemes para los profesionales que requiera el Instituto y recursos y/o donaciones de la Cooperación Internacional o de Gobiernos amigos para el equipamiento del Instituto Oncológico y la capacitación especializada de recursos humanos.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiséis días del mes de abril de dos mil seis años.
Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Jorge Aguilera Bejarano, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Jorge Milton Becerra Monje.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de mayo de dos mil seis años.
Fdo. ALVARO MARCELO GARCIA LINERA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, Juan Ramón Quintana Taborga, Nila Heredia Miranda.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3394, 10 de mayo de 2006
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclárase de urgente necesidad y prioridad departamental la construcción y equipamiento del Instituto Oncológico "san Judas Tadeo" de Tarija
KeywordsLey, mayo/2006
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3394
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Jorge Aguilera Bejarano, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Jorge Milton Becerra Monje. Fdo. ALVARO MARCELO GARCIA LINERA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, Juan Ramón Quintana Taborga, Nila Heredia Miranda.
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