Artículo 1°.- Se declara de prioridad departarnental la protección y conservación del terreno de dominio público, que abarca el Parque “Las Barrancas Jorge Paz Rojas”, situado en la Provincia Cercado del Departamento de Tarija.
Artículo 2°.- Se determina y establece que bajo ningún motivo y/o circunstancia, presente ni futura, el área del Parque “Las Barrancas Jorge Paz Rojas”, podrá ser usada, dispuesta, cedida, transferida o intervenida, para otros fines que no respondan a la protección y conservación del paseo recreativo y del patrimonio intrínseco de la región.
Artículo 3°.- La Prefectura y el Gobierno Municipal del Departamento de Tarija y la Provincia Cercado, respectivamente, coordinaran y coadyuvaran con los Ministerios del área, para la obtención de fondos de la Cooperación Internacional, para la ejecución de obras en el mencionado parque.
Artículo 4°.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3389, 3 de mayo de 2006 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se declara de prioridad departamental la protección y conservación del terreno de dominio público, que abarca el Parque "Las Barrancas Jorge Paz Rojas", situado en la Provincia Cercado del Departamento de Tarija | ||||
Keywords | Ley, mayo/2006 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3389 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Santos Ramirez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Hugo Salvatierra Gutiérrez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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