Artículo 1°.- Se declara de prioridad nacional y necesidad regional la construcción de la Terminal Bi Modal de Transporte Internacional, Interdepartamental, Interprovincial y Urbana en la población de Challapata, Provincia Avaroa del Departamento de Oruro, con la implementación de un proyecto integral de infraestructura, equipamiento y servicios.
Artículo 2°.- Para la construcción de la Terminal Bi Modal de Transportes, de conformidad a lo establecido por el Artículo 59º, atribución 7º de la Constitución Política del Estado, se transfieren, a título gratuito, terrenos de la Empresa Nacional de Ferrocarriles del sector “B”, área desafectada de la localidad de Challapata, a favor de la Alcaldía Municipal de Challapata, con una superficie de 82.414, 10 m2.
Artículo 3°.- Se encomienda al Gobierno Nacional, a la Prefectura del departamento de Oruro y al Municipio de Challapata, tramitar los recursos suficientes para la ejecución del Proyecto.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3366, 6 de marzo de 2006 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se declara- de prioridad nacional y necesidad regional la construcción de la Terminal Bi Modal de Transportes Internacional, Interdepartamental, InterProvincial y Urbana en la población de Challapata, Provincia Avaroa del Departamento de Oruro | ||||
Keywords | Ley, marzo/2006 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3366 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Jorge Aguilera Bejarano, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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