Bolivia: Ley Nº 3350, 10 de febrero de 2006

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) Declárese de prioridad nacional, el mejoramiento de la producción agrícola y ganadera de las comunidades campesinas de las Provincias Sajama, Litoral, Tomás Barrón, Cercado, Mejillones, Saucarí, Nor Carangas, Centro Carangas, Sur Carangas, San Pedro de Totora, Sabaya y Ladislao Cabrera en el Departamento de Oruro.

Artículo 2°.- (Vinculación de las Fuentes de Agua) Encomiéndase a las instancias correspondientes del Poder Ejecutivo, considerar la vinculación de las futuras fuentes de agua con Programas de Riego y Desarrollo Agropecuario a fin de consolidar la utilización de las mismas, asimismo realizar los estudios que contengan la recopilación y sistematización de la información hidrogeológica de la región.

Artículo 3°.- (Financiamiento) Autorízase al Poder Ejecutivo la búsqueda de financiamiento nacional e internacional para la perforación de pozos de agua, ésta deberá ser en una primera fase en las Provincias Sajama y Tomás Barrón del Departamento de Oruro.

Artículo 4°.- (Ejecución) Para fines de inicio concreto de la ejecución de la construcción de vigiñas y perforación de pozos de agua, ésta deberá ser en una primera fase en las Provincias Sajama y Tomás Barrón del Departamento de Oruro.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de febrero de dos mil seis años.
Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Jorge Aguilera Bejarano, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Ciudad de Oruro, a los diez días del mes de febrero de dos mil seis años

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3350, 10 de febrero de 2006
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclárase de prioridad nacional, el mejoramiento de la producción agrícola y ganadera de las comunidades campesinas de las Provincias Sajama, Litoral, Tomás Barrón, Cercado, Mejillones, Saucarí, Nor Carangas, Centro Carangas, Sur Carangas, San Pedro de Totora, Sabaya y Ladislao Cabrera en el Departamento de Oruro
KeywordsLey, febrero/2006
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3350
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Jorge Aguilera Bejarano, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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