Artículo 1°.- De conformidad a los dispuesto en el Artículo 59, atribución 7º de la Constitución Política del Estado y en sujeción a lo establecido en las Normas Básicas del Sisstema de Administración de Bienes y Servicios, se autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles Residual la transferencia, a título oneroso y de acuerdo al valor catastral del año 1996, de los terrenos ubicados en la Estación Central de la ciudad de La Paz, con una extensión superficial de 10.056, 20 m2, a favor de los ex trabajadores ferroviarios del sector “La Corrida” que actualmente se encuentran asentados en las viviendas de dichos terrenos y cuya lista adjunta forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- Son requisitos para ser beneficiario:
Artículo 3°.- Los terrenos adjudicados a los ex trabajadores ferroviarios no podrán ser objeto de venta o transferencia en los próximos díez años.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3334, 18 de enero de 2006 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | En sujeción a lo establecido en las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, se autoriza a ENFE Residual la transferencia, de los terrenos ubicados en la Estación Central de la ciudad de La Paz | ||||
Keywords | Ley, enero/2006 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3334 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Sandro Stéfano Giordano Garcia, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Norma Cardona de Jordán, Ernesto Poppe Murillo. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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