Bolivia: Ley Nº 3333, 18 de enero de 2006

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Económico y la Prefectura del Departamento de Chuquisaca, la inmediata ampliación y ejecución de obras del Proyecto de Electrificación Rural en las Provincias Hernando Siles, Luis Calvo y Azurduy del Departamento de Chuquisaca, para beneficiar a los Cantones Fernández, San Juan del Piraí, Pedernal, Añimbo, Rosario del Ingre, ñacamiri, Ticucha, Sapirangui, Iguembe, y el Municipio de Huacaya de dichas Provincias, así como las comunidades de Abras Ckasa y Pampa Huasi y Las Casas de la Provincia Azurduy del mismo Departamento.

Artículo 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Económico, la Superindencia de Electricidad y la Prefectura del Departamento de Chuquisaca, la inmediata ejecución de obras para la interconexión al Sistema Interconectado Nacional (SIN), del Sistema Aislado de Inerconexión Eléctrica Monteagudo - Muyupampa - Huacareta.
El Ministerio de Servicios y Obras Públicas, el Ministerio de Desarrollo Económico y la Prefectura del Departamento de Chuquisaca, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento de la presente Ley.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cuatro días del mes de enero de dos mil seis años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano Garcia, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Ernesto Poppe Murillo, Aurelio Ambrosio Muruchi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de enero de dos mil seis años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3333, 18 de enero de 2006
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al Poder Ejecutivo, la inmediata ampliación y ejecución de obras del Proyecto de Electrificación Rural en las Provincias Hernando Siles, Luis Calvo y Azurduy del Departamento de Chuquisaca
KeywordsLey, enero/2006
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3333
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Sandro Stéfano Giordano Garcia, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Ernesto Poppe Murillo, Aurelio Ambrosio Muruchi.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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