Bolivia: Ley Nº 3315, 16 de diciembre de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Autorízase a la Empresa Nacional de Ferrocarriles (ENFE), efectuar la transferencia a titulo oneroso, de los terrenos ubicados en la zona de Alto Pura Pura del Departamento de La Paz, con una extensión superficial de 270.220.50 m2, los mismos que limitan al Este con la Zona de San Francisco, al Oeste con la Zona Unión Alianza (Alto Pura Pura ENFE), al Norte con la Avenida Chacaltaya FABOCA (Alto Lima, Cuarta Sección, al Sur, con el Bosquecillo, Línea Férrea ENFE) y por otra pare entre los Km. 14 y 17 en el Departamento de La Paz, con una superficie de 2.400 m2, cuyos límites son al Este con la zona el Alto La Portada, al Oeste con la Avenida Panorámica, al Norte con la Avenida panorámica y al Sur con la Línea Férrea ENFE, a favor de los ex - trabajadores ferroviarios, estibadores eventuales o particulares y a la Asociación de Policías conforme a convenios suscritos con el Gobierno, ENFE, Resolución Trimestral Nº 32/96 de 15 de mayo de 1996, homologado en fecha 12 de febrero de 1996, Decreto Supremo Nº 12111 de fecha 30 de diciembre de 1974. Asimismo, los beneficiarios forman parte del listado anexo a la presente Ley.

Artículo 2°.- Los precios de transferencia se efectuarán de acuerdo al valor catastral del año 1996 y serán cancelados a una cuenta del Tesoro General de la Nación para cubrir las obligaciones de la Empresa Nacional de Ferrocarriles.

Artículo 3°.- Los precios de transferencia incluyen las áreas verdes, vía de circulación y equipamiento que serán cedidos por los adjudicatarios al Gobierno Municipal de La Paz.

Artículo 4°.- Los terrenos transferidos con destino a la construcción de viviendas de carácter social, no podrán ser enajenados durante los próximos cinco (5) años.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledesma, Erick Reyes Villa B., Norma Cardona de Jordán.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil cinco años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3315, 16 de diciembre de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorízase a ENFE, efectuar la transferencia de los terrenos ubicados en la zona de Alto Pura Pura del Departamento de La Paz, en favor de los ex - trabajadores ferroviarios, estibadores eventuales o particulares y a la Asociación de Policías
KeywordsLey, diciembre/2005
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3315
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledesma, Erick Reyes Villa B., Norma Cardona de Jordán.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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