Bolivia: Ley Nº 325, 27 de enero de 1967

RENÉ BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase el cantón Tunupa, en la provincia Atahuallpa del departamento de Oruro, cuyos límties serán: por el norte, con las poblaciones de Negrillos y Collana; por el sur, con Canaza y Pacariza; por el este, con Litoral y Pacairza; por el oeste, con Carangas.

Artículo 2°.- De conformidad al artículo 6º del decreto suremo de 5 de diciembre de 1960, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar las operaciones de delimitación del cantón Tunupa.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional.
La Paz, 11 de enero de 1967
Fdo. Edgar Jofré, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Tomás Guillermo Elío, Senador Secretario; Víctor Hoz de Vila, Diputado Secretario; Jaime Villegas Durán, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de enero de mil novecientos sesenta y siete años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 325, 27 de enero de 1967
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCrea el Cantón Tunupa en la Provincia Atahuallpa de Oruro
KeywordsLey, enero/1967
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=325
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Edgar Jofré, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Tomás Guillermo Elío, Senador Secretario; Víctor Hoz de Vila, Diputado Secretario; Jaime Villegas Durán, Diputado Secretario.
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