Artículo 1°.- De conformidad con el Artículo 59º, atraibución 8º de la Constitución Política del Estado se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la compra de bienes inmuebles destinados a las Sedes Diplomáticas y Consulares de Bolivia acreditas en el exterior de la República, de acuerdo a relacionamiento de interés nacional.
Artículo 2°.- A los efectos descritos en la cláusula primera de conformidad con el Artículo 59º de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, gestionar empréstitos en el sistema financiero y/o cooperación internacional, abajo un sistema crediticio de amortización en cuotas de mediano y largo plazo. Las operaciones crediticias para la compra de los bienes inmuebles deben enmaracarse a los límites presupuestarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3°.- Los procedimientos para la adquisición de los bienes inmuebles destinados a las Sedes Diplomáticas y Consulares, se efectuarán bajo los principios de transparencia e idoneidad, correspondiendo al Poder Ejecutivo, normar este procedimiento a través de un Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3169, 27 de septiembre de 2005 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la compra de bienes inmuebles destinados a las Sedes Diplomáicas y Consulares de Bolivia acreditadas en el exterior de la República | ||||
Keywords | Ley, septiembre/2005 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3169 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Sandro Stefano Giordano Garcia, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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