Bolivia: Ley Nº 3139, 10 de agosto de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- De conformidad con el Artículo 59, atribución 7º de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Prefectura del Departamento de Tarija, transferir a título gratuito el terrno de su propiedad adyacente a la ex - Fábrica de Aceites de Villamontes, ubicado en el Barrio Ferroviario, Manzano 602, con una extensión de 3.800 m2, en favor de la Honorable Alcaldía de Villamontes, Tercera Sección de la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, con destino a la construcción de un Hogar de Niños, Niñas y Adolescentes.
Al mencionado inmueble le corresponden las siguientes colindancias: al Norte colinda con la calle Cochabamba; al Sud con la calle Subteniente Barrau; al este con la calle Eustaquio Méndez y al Oeste con la brecha del Gasoducto de la ciudad de Villamontes.

Artículo 2°.- Se dispone el registro correspondiente del derecho propietaro en favor del Gobierno Municipal de Villamontes, en la oficina respectiva de Derechos Reales.

Artículo 3°.- Queda encargado del cumplimiento de la presente Ley el Poder Ejecutivo a través de la prefectura del Departamento de Tarija.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada, en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cinco años.
Fdo. Mario Diego Justiniano A. Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Ernesto Poppe Murillo, Aurelio Ambrosio Muruchi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla comoLey de la República.
Palacio de gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de agosto de dos mil cinco años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3139, 10 de agosto de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza a la Prefectura del Departamento de Tarija, transferir el terreno de su propiedad, ubicado en el Barrio Ferroviario, Manzano 602, en favor de la Honorable Alcaldía de Villamontes, (Construcción de un Hogar de Niños, Niñas y Adolescentes)
KeywordsLey, agosto/2005
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3139
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Mario Diego Justiniano A. Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Ernesto Poppe Murillo, Aurelio Ambrosio Muruchi.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.