Bolivia: Ley Nº 3138, 10 de agosto de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacinal, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- De conformidad con el Artículo 59, atribución 7º de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Prefectura del departamento de Tarija transferir a título gratuito un terreno ubicado en la parte Norte del barrio Bolívar (carretera a Tarija), con una extensión de 4 hectáreas (40.000m2), en favor del Gobierno Municipal de Villamontes, Tercera Sección de la Provincia Gran Chaco del departamento de Tarija, con destino a la construcción de un Parque Urbano Municipal que servirá como pulmon verde y un centro de esparcimiento para la comunidad.
A este terreno le corresponden las siguientes colindancias: al Norte, colinda con la calle Cochabamba; al Sur con las actuales dependencias del Corregimiento; al Este con la calle Eulogio Ruiz; y al Oeste con un canal de riego.
Se excluye expresamente de esta transferencia el area en la que actualmente se hallan ubicadas las oficinas del Corregimiento Mayor de Villamontes.

Artículo 2°.- Dispóngase el registro correspondiente del derecho propietario en favor del Gobierno Municipal de Villamontes, en la oficina respectiva de Derechos Reales.

Artículo 3°.- Queda encargado del cumplimiento de la presente Ley el Poder Ejecutivo a traves de la Prefectura del departamento de Tarija.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacinal, a los veintisiete dias del mes de abril de dos mil cinco años.
Fdo. Mario Diego Justiniano A, Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo P., Ernesto Poppe Murillo, Aurelio Ambrosio Muruchi
Por tanto, la promulgo paraquese tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez dias del mes de agosto de dos mil cinco años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3138, 10 de agosto de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza a la Prefectura del Departamento de Tarija transferir un terreno ubicado en la parte Norte del Barrio Bolívar (carretera a Tarija), en favor del Gobierno Municipal de Villamontes, Tercera Sección de la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija (Construcción de un Parque Urbano )
KeywordsLey, agosto/2005
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3138
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Mario Diego Justiniano A, Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo P., Ernesto Poppe Murillo, Aurelio Ambrosio Muruchi
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004

Referencias a esta norma

[BO-L-3847] Bolivia: Ley Nº 3847, 8 de mayo de 2008
Modifica y corrige la Ley N° 3138, de fecha 10 de agosto de 2005, autorizando a la Prefectura del Departamento de Tarija transferir, a título gratuito, un terreno ubicado en la parte norte del Barrio Bolívar (carretera a Tarija), con una extensión de 40 Has., a favor del Gobierno Municipal de Villamontes

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