Artículo 1°.- Declárese de necesidad y utilidad públicas la expropiación en la ciudad de Cochabamba, de 38.000 m2. en la zona El solterito, de propiedad de Enrique Sánchez de Lozada; 40.000 m2. en la zona de Las Cuadras de José Antonio Quiroga, a favor de la organización de inquilinos San Pedro.
Artículo 2°.- La Prefectura del Departamento de Cochabamba, seguirá el trámite de expropiación de acuerdo a las disposiciones legales en vigencia.
Artículo 3°.- Los beneficiados pagarán el valor de la expropiación de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de reforma urbana.
Norma | Bolivia: Ley Nº 312, 9 de marzo de 1964 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Expropiación de terrenos El Solterito y Las Cuadras, de Cochabamba, pertenecientes a Enrique Sánchez de Lozada y Jose Antonio Quiroga, en favor de la organización de inquilinos de San Pedro | ||||
Keywords | Ley, marzo/1964 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=312 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. José Hugo Vilar, Presidente del H. Senado Nacional; Juan Sanjinés Ovando, Presidente de la Cámara de Diputados; E. Zuazo Cuenca, Senador Secretario; Ismael Olivares, Senador Secretario; Alfredo Aguirre B., Diputado Secretario; Germán Claros, Diputado Secretario. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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