Artículo 1°.- De conformidad con el Artículo 59, atribucion 7a de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de la ciudad de El Alto transferir con caracter gratuito los siguientes 9 mercados de su propiedad en favor de las correspondientes organizaciones gremiales de los mismos legalmente reconocidas:
No | NOMBRE DEL MERCADO | ZONA / URBANIZACION | ORGANIZACION Y PERSONALIDAD JURÍDICA | SUPERFICIE | REGISTRO EN DD.RR. |
1 | Santos Mamani | 16 de Julio | Asociacion Comerciantes Minoristas Mercado y Feria Santos Mamani RP. 098 de 10/03/2004 | 1972 M2 | Pda. 01035166 |
2 | Ciudad Satelite | Ciudad Satelite | Asociacion Gremial de Carniceros y Ramas Afines Mercado Ciudad Satelite R.P. 205 de 2/05/1996 | 3453.30 M2 | 01546196 6/11/2000 |
3 | Quiswaras | Quiswaras | Asociacion de Comerciantes Minoristas Mercado Quiswaras R.S. 216211 de 5/09/1995 | 511.20 M2 | Mat. 2014010015263 |
4 | El Carmen | Rio Seco Viviendas - Lotes y Servicios | Maestras Mayores Mercado Centro Comercial y Feria el Carmen R.P. 328 - 21/09/2000 | 913.92 M2 Y 435.60 M2 | 01274675 de 24/10/1994 |
5 | Exaltacion | Villa Exaltacion - 2a Seccion | Mercado Villa Exaltacion 2a y 3a Seccion R.P. 328 - 5/03/1997 | 1762.00 M2 | Mat. 2014010007761 |
6 | Villa Adela | Villa Adela | Mercado Feria Franca de Abastecimiento Artesanal Villa Adela R.P. 0032 - 15/02/2000 | 4284.62 M2 | Mat. 2014010013202 |
7 | Central Villa Dolores | Villa Dolores | Mercado Central Villa Dolores R.P. 272/97 - 27/05/97 | 1850.00 M2 | Mat. 2014010051148 |
8 | Bartolina Sisa | Villa Esperanza | Maestras del Mercado Bartolina Sisa R.P. 270 - 27/05/1997 | 5512.80 M2 | Pda.- 307, F 307, Libro E de 6/3/79 |
9 | Amor de Cobre | Caluyo | Asociacion Vendedoras del Mercado Amor de Cobre R.P. 146 - 8/12/1997 | 2223.50 M2 | Mat. 2014010005781 |
Artículo 2°.- Los mercados que se transfieren mantienen su naturaleza de bienes de servicio público sujeto a una reglamentacion tecnico sanitaria del Gobierno Municipal de El Alto.
Artículo 3°.- Los mercados no podran ser transferidos, cedidos total o parcialmente a terceras personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, su incumplimiento dara lugar a la reversion automatica de los mismos al patrimonio municipal de la ciudad de El Alto.
Artículo 4°.- La transferencia a titulo gratuito de los mercados debera estar sujeta al condicionamiento del mejoramiento de las condiciones infraestructurales de los mismos que garanticen un servicio adecuado y sanitario a la poblacion usuaria.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3114, 25 de agosto de 2005 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza al Gobierno Municipal de la ciudad de El Alto transferir 9 mercados de su propiedad en favor de organizaciones gremiales legalmente reconocidas | ||||
Keywords | Ley, agosto/2005 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3114 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Ernesto Poppe Murillo, Aurelio Ambrosio Maruchi. Fdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Ivan Aviles Mantilla, Naya Ponce Fortun. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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