Artículo Único.- De conformidad a lo establecido en el Artículo 59º, atribución 12º, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la ratificación del “Segundo Protocolo Adicional al Convenio de Migración entre la República de Bolivia y la República Argentina”, suscrito en la ciudad de Buenos Aires, el 12 de diciembre de 2003.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3057, 13 de mayo de 2005 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se aprueba la ratificación del "Segundo Protocolo Adicional al Convenio de Migración entre la República de Bolivia y la República Argentina" | ||||
Keywords | Ley, mayo/2005 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3057 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Hormando Vaca Diez Vaca Diez H. CAMARA DE SENADORES | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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