Bolivia: Ley Nº 3014, 4 de abril de 2005

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- De conformidad al Artículo 59º, de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles Residual ENFE, en cumplimiento a los convenios suscritos entre el Goberno, ENFE y ex trabajadores de ENFE según lista adjunta, de acuerdo a Licitaciones Públicas, la transferencia de los lotes de terrenos ubicados en al ciudad de La Paz, localidad de Viacha a favor de los ex trabajadores Ferroviarios que actualmente habitan en dichas viviendas, inscritos en derechos Reales, bajo la Partida Nº 167, folio 167, del libro 1º “B” de inscripciones definitivas, el 30 de enero de 1968 con Partida Computarizada Nº 01170245, los cuales son listados a continuación:

  1. Lote de terrenos ubicado en Viacha del Departamento de La Paz, Provincia Ingavi, Cantón Ballivián, con una superficie de 3.389.00 m2. con los siguientes limites, colindancias y metros lineales: Al Norte, Av. Ingavi con un frente de 136.00 ml; al Sur, Taller Boguies con un frente de 136.00 ml; al Este, Línea Férrea con un frente de 22.00ml; al Oeste, Taller Soldadura con un frente de 22.00 ml.
  2. Lote de terreno ubicado en Viacha Anexo Lindo, Departamento de La Paz, ciudad de La Paz, Provincia Ingavi, Cantón Ballivian, con una superficie de 6.599, 15 m2, con los siguientes limites, colindancias y metros lineales: al Norte, Urbanización Barrio Lindo con un frente de 60.00ml; Urbanización Barrio Lindo y 21 de Enero con un frente de 120.00 ml; Urbanización 21 de Enero con un frente de 137.00 ml; al Oeste ENFE con un frente de 0, 00 ml.
  3. Lote de terreno ubicado en Viacha del Departamento de La Paz, Provincia Ingavi, Cantón Ballivián, con una superficie de 6.293.50 m2, con los siguiente límites, colindancias y metros lineales: al Norte, Avenida Ingavi con un frente de 134.00 mt. al sur, Línea Férrea Charaña con un frente de 152.00mt; al Este, Vivienda F.C.A, con un frente de 45.00 mt; al Oeste, Regimiento Bolivar con un frente de 44.00ml.
  4. Lote de terreno, ubicado en Viacha del Departamento de La Paz, Provincia Ingavi, Cantón Ballivian, con una superficie de 1.870.00m2, con los siguientes límites, concordancias y metros líneales: al Norte, Escuela Militar Adrián Patiño con un frente de 187.15 mt; al Sur, con viviendas particulares con un frente de 187, 15 ml; al Este, Avenida Pando con un frente de 10.00 ml; al Oeste, con la Línea Férrea con un frente de 10.00ml.
  5. Lote de terreno ublicado en viacha del Departamento de La Paz, Pronvicia Ingavi, Cantón Ballivián, con una superficie de 426, 80 m2, con los siguientes límites, colindancias y metros líneales: al Norte, Línea Férrea con un frente de 23, 20 ml; al Sur, propiedad particular con un frente de 18, 85 ml; al Este, depósito taller FCA con un frente de 20, 20 ml; al Oeste, propiedad particular con un frente de 20, 40 ml.
  6. Lote de terreno ubicado en Viacha del Departamento de La Paz, Provincia Ingavi, Cantón Ballivián, con una superficie de 1, 927, 00 m2, con los siguientes límites, colindancias y metros líneales; al Norte, viviendas ENFE “Avenida Ingavi”, con un frente de 31, 00 ml; al Sur, Línea FCA con un frente de 38, 60 ml; al Este, Estación FCA con un frente de 49, 00 ml; al Oeste, Regimiento Boliviar con un frente de 76, 00 ml.

Artículo 2°.- Serán beneficiarios de la transferencia, únicamente los que cumplen los siguientes requisitos:

  1. Certificado que acredite se ex trabajador de ENFE Y que tenga un mínimo de cinco años de antiguedad de trabajo y se encuentre contemplado en lista como anexo en la presente Ley.
  2. Certificado emitido pro Derechos Reales en el que conste que no posee otra vivienda.
  3. Planos técnicos correspondientes sobre el Bien Inmueble.

Artículo 3°.- El precio de los terrenos transferidos deberá ser determinado conforme al valor catastral con el que contaba en el año 1996, debiendo ser depositado en l respectiva cuenta del Tesoro General de la Nación.

Artículo 4°.- Los terrenos a ser transferidos, no serán objeto de venta o enajenación en los próximos cinco años.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los tres días del mes de marzo de dos mil cinco años.
Hormando Vaca Diez Vaca Diez
PRESIDENTE
H. CAMARA DE SENADORES
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de abril de dos mil cinco años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3014, 4 de abril de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles Residual, la transferencia de los lotes de terrenos ubicados en la ciudad de La Paz, localidad de Viacha a favor de los ex Trabajadores Ferroviarios que actualmente habitan en dichas viviendas
KeywordsLey, abril/2005
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3014
Referencias0001-4031.lexml
CreadorHormando Vaca Diez Vaca Diez H. CAMARA DE SENADORES
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004

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