Artículo 1°.- Declárese Patrimonio Cultural de la Nación, al Festival Nacional de la Canción Boliviana “Aquí Canta Bolivia”, con sede en Oruro, como Capital del Folflore de Bolivia.
Artículo 2°.- Autorízase a los Ministerios de Hacienda y Desarrollo Económico, otorgar los recursos necesarios y su desembolso a través del Viceministerio de Cultura, al Comite Organizador, debiendo al Poder Ejecutivo a partir de la gestión 2005, consignar en el Presupuesto General de la Nación, una partida presupuestaria destinada a fomentar y apoyar el Festival Nacional de la Canción Boliviana.
Artículo 3°.- El Comite Organizador estará conformado por el Consejo Departamental de Cultura de la Oficialia Mayor de Cultura del Municipio de Oruro y la Fundación para el Desarrollo Cultural de Oruro.
Artículo 4°.- El Festival Nacional de la Canción Boliviana “Aquí Canta Bolivia”, versión 2004, será organizado y ejecutado por el Comite Organizador que buscará el financiamiento correspondiente para su realización.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2988, 24 de febrero de 2005 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declárase Patrimonio Cultural de la Nación, al Festival Nacional de la Canción Boliviana, "AQUÍ CANTA BOLIVIA", con sede en Oruro, como Capital del Folklore de Bolivia | ||||
Keywords | Ley, febrero/2005 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2988 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.