Artículo 1°.- Se declara Patrimonio Cultural de la Nación al Templo Colonial del Santuario de Quillacas, su entorno urbano y todos los bienes artísticos patrimoniales que conserva por su relevancia artística e histórica, ubicado en la Capital de la Segunda Sección Muncipal de la Provincia Eduardo Avaroa del Departamento de Oruro.
Artículo 2°.- El Gobierno Nacional a través del Viceministerio de Cultura, la Prefectura del Departamento de Oruro, en coordinación con el Gobierno Municipal del Santuario de Quillacas, quedan encargados de gestionar los recursos necesarios para la ejecución de proyectos de conservación, protección, recuperación y restauración de dicha edificación, así como un plan de rehabilitación urbana entorno al Templo del Santuario de Quillacas.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2979, 10 de febrero de 2005 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se declara Patrimonio Cultural de la Nación al Templo Colonial del Santuario de Quillacas, ubicado en la Capital de la Segunda Sección Municipal de la Provincia Eduardo Avaroa del Departamento de Oruro | ||||
Keywords | Ley, febrero/2005 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2979 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Hormando Vaca Diez Vaca Diez H. CAMARA DE SENADORES | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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