Artículo 1°.- Se declará de prioridad nacional la realización del estudio integral de los recursos naturales del Norte de Potosí.
Artículo 2°.- Se dispone que el Poder Ejecutivo, mediante los organismos competentes, como ser SERGEOTECMIN, deberán realizar los estudios integrados de campo de los recursos metálicos, hídricos y de rocas ornamentales de los diferentes Municipios del Norte de Potosí.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2975, 4 de febrero de 2005 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se declara de prioridad nacional la realización del estudio integral de los recursos naturales del Norte de Potosí | ||||
Keywords | Ley, febrero/2005 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2975 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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