Artículo 1°.- Se incorpora a la Red Fundamental de Carreteras, el tramos carretero Uyuni - Huancvarani - Sevaruyo - Challapata que conecta los Departamentos de Potosí y Oruro.
Artículo 2°.- EL Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Servicios y Obras Públicas y el Servicio de caminos, queda como responsable de la incorporación y la gestión de recursos financieros para tal efecto.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2957, 28 de enero de 2005 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se incorpora a la Red Fundamental de Carreteras, el tramo carretero Uyuni - Huancarani - Sevaruyo - Challapata, que conecta los Departamentos de Potosí y Oruro | ||||
Keywords | Ley, enero/2005 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2957 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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