Bolivia: Ley Nº 2933, 15 de diciembre de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase el Comité BICENTENARIO DE LA BATALLA DE SUIPACHA, en homenaje a los Patriotas de la Independencia, que encabezados por el Cnl. Pedro Arraya y la participación del Primer Ejercito Auxiliar Argentino, derrotaron al Ejército Realista el 7 de noviembre de 1810, consiguieron el primer triunfo por la libertad del Alto Perú, hoy nuestra Patria Bolivia.

Artículo 2°.- Encomiéndase al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Ministerio de Desarrollo Económico, Ministerio de Defensa Nacional y Prefectura del Departamento de Potosí, gestionar apoyo técnico y financiero, para la ejecución de proyectos de desarrollo regional e interés comunal que beneficien a la capital de la Provincia Sud Chichas Tupiza, el pueblo histórico de Suipacha y las comunidades de Nazareno, Charaja, San Silvestre, Santa Rosa, Tomatas y Chuquiago.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil cuatro años.
Dr. Hormando Vaca Diez Vaca Diez
PRESIDENTE
HONORABLE SENADO NACIONAL
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de diciembre de dos mil cuatro años

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2933, 15 de diciembre de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCréase el Comité BICENTENARIO DE LA BATALLA DE SUIPACHA
KeywordsLey, diciembre/2004
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2933
Referencias0001-4031.lexml
Creador
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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