Artículo 1°.- De conformidad al Artículo 59°, atribución la, de la Constitución Política del Estado, Declárase de prioridad departamental, encarar las obras de mejoramiento y mantenimiento vial de la ruta Tarabuco - Presto - El Palmar, incorporándose en la red Departamental de Caminos, bajo la responsabilidad del servicio Prefectural de Caminos (SEPCAM) de Chuquisaca.
Artículo 2°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través de los Ministerios correspondientes, realizar los trámites respectivos para lograr el financiamiento necesario, destinado a concluir con las obras de mejoramiento y mantenimiento vial.
Artículo 3°.- La Prefectura del Departamento de Chuquisaca, queda encargada del cumplimiento de la presente Ley.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2738, 28 de mayo de 2004 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declárase de prioridad departamental, encarar las obras de mejoramiento y mantenimiento vial de la ruta Tarabuco - Presto - El Palmar, bajo la responsabilidad del servicio Prefectural de Caminos (SEPCAM) de Chuquisaca | ||||
Keywords | Ley, mayo/2004 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2738 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo. Fdo. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, José Antonio Galindo Neder, Javier Cuevas Argote. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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