Bolivia: Ley Nº 2673, 23 de abril de 2004

HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59a, atribución 7a, de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Universidad Autónoma “Juan Misael Saracho”, la transferencia en compensación a las deudas pendientes por concepto de' aportes devengados a la Seguridad Social, de los inmuebles denominados: “Maestranza Universitaria”, con una superficie de 1.078.86 m2., “Carrera de Psicología”, con una superficie de 697.35 m2; “Lote C”, con una superficie de 372.04 m2; y Lote “B”, “Cancha de Psicología” con una superficie de 3.169.31 m2, en favor del Seguro Social Universitario Tarija y con destino a la construcción de su Clínica Modelo en el plazo de 2 años.

Artículo 2°.- El procedimiento administrativo de la transferencia, estará sujeto a lo dispuesto por las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de abril de dos mil cuatro años.
Fdo. Gonzalo Chirveches Ledezma Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Osear Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Femando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orosco.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil cuatro años.
Fdo. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Donato Ayma Rojas.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2673, 23 de abril de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza a la Universidad Autónoma "Juan Misael Saracho", la transferencia en compensación a las deudas pendientes por concepto de aportes devengados a la Seguridad Social, de varios inmuebles
KeywordsLey, abril/2004
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2673
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Gonzalo Chirveches Ledezma Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Osear Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Femando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orosco. Fdo. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Donato Ayma Rojas.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004

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