Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 59°, atribución 7°, de la Constitución Política del Estado,. se autoriza al Gobierno Municipal de El Alto, en observancia de la normativa vigente, transferir a título oneroso, a favor de la Federación Unica dé Trabajadores en Carne y Ramas Anexas, el inmueble y muebles del Matadero Municipal; ubicado en la zona Los Andes, con una superficie de 33.260.24 m2., colindante al Este con SEMAC, al Oeste con SEMAC, al Oeste con Camet S.A., al Norte con Molino Andino y Petrisevic y al Sur con la Urbanización Candelaria, con la obligación de parte de la Federación Unica de Trabajadores en Carne y Ramas Anexas de brindar el servicio y mantener en funcionamiento el Matadero, bajo pena de reversión a propiedad municipal, en caso de incumplimiento.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2652, 20 de abril de 2004 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza al Gobierno Municipal de El Alto, transferir a la Federación Unica de Trabajadores en Carne y Ramas Anexas, el inmueble y muebles del Matadero Municipal, ubicado en la zona de Los Andes | ||||
Keywords | Ley, abril/2004 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2652 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Osear Arrien Sandoval, Marcelo Aramayo P., Juan Luis Choque Armijo, Roberto Fernández Orosco, Femando Rodríguez Calvo. Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Roberto Barbery Anaya. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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