Artículo 1°.- Declárase los años 2004 - 2005 Anos del Turismo, el Levantamiento, Inventariación y la Valoración del Patrimonio Cultural y Natural de la Gran Chiquitanía, en todo el territorio nacional, comprendiendo la jurisdicción territorial de las siguientes provincias:
Artículo 2°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, la gestión de los recursos económicos suficientes y necesarios para la aplicación en el mareo de los principios de la presente Ley, sujeta a estrategias y proyectos de competitividad de las Cadenas Productivas Priorizadas; para el aprovechamiento de las potencialidades sostenibles de la región de la Gran Chiquitanía, incluyéndosela en la visión de política de Estado regional y nacional.
Artículo 3°.- Declárase de prioridad nacional, la preservación del desarrollo sostenible y sustentable de toda la región de la Gran Chiquitanía, así como la promoción nacional e internacional de las potencialidades culturales, tangibles e intangibles, patrimoniales, naturales, medio ambiente y turísticas.
| Norma | Bolivia: Ley Nº 2548, 4 de noviembre de 2003 | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
| Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
| Sumario | Declárase los años 2004 - 2005 Años del Turismo, el Levantamiento, Inventariación y la Valoración del Patrimonio Cultural y Natural de la Gran Chiquitanía | ||||
| Keywords | Ley, noviembre/2003 | ||||
| Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2548 | ||||
| Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
| Creador | Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Teodoro Valencia Espinoza. Fdo. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Cortés Rodríguez, Jorge Urquidi Barrau. | ||||
| Contribuidor | DeveNet.net | ||||
| Publicador | DeveNet.net | ||||
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