Artículo 1°.- Declárase Patrimonio Cultural de Bolivia, al sitio Arqueológico de Incachaca, ubicado en el Municipio de Colomi, Provincia Chapare del Departamento de Cochabamba.
Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio del área, la Prefectura de Cochabamba y el Gobierno Municipal de Colomi, deberán elaborar e implementar políticas de preservación y explotación turística del sitio arqueológico mencionado,
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de septiembre de dos mil tres años.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2533, 24 de octubre de 2003 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declárase Patrimonio Cultural de Bolivia, al sitio Arqueológico de Incachaca, (Departamento de Cochabamba) | ||||
Keywords | Ley, octubre/2003 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2533 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Teodoro Valencia Espinoza. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Xavier Nogales Iturri, Roberto Barbery Anaya. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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